SOSA, SONIA ALEJANDRA c/ SOUTH CONVENTION CENTER S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la justificación del despido y la denegación de indemnización por despido injustificado, manteniendo la decisión de grado en base a la valoración de las pruebas y la fundamentación de la sentencia de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, Sonia Alejandra Sosa, demandó por despido, multas de la ley 25.323 y certificados de trabajo.
- Se acreditó que fue despedida mediante carta documento el 12/05/2023, en la que se imputó conducta irregular relacionada con el consumo de mercadería del hotel sin autorización ni pago.
- La sentencia de grado consideró que el despido fue justificado por la conducta de la trabajadora, que implicaba incumplimiento de deberes laborales y violación del deber de buena fe.
- La actora cuestionó la comunicación del despido y la valoración de las pruebas, pero la Cámara concluyó que la comunicación cumplió con los requisitos del art. 243 de la LCT y que la valoración probatoria fue correcta.
- En cuanto a la tasación de los honorarios del perito contador, la Cámara ratificó la liquidación y rechazó la queja de la parte demandada.
- Se estableció una suma de condena de $324.034,12, con intereses según lo dispuesto en la sentencia.
- Se confirmaron las costas en un 90% a cargo de la actora y un 10% a cargo de la demandada, y se regularon honorarios.
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