BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ASPITIA MARIA NAZARENA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)
El banco promovió cobro sumario por deuda de tarjeta de crédito contra Aspitia María Nazareno. La sentencia condenó a la demandada al pago del monto reclamado, considerando la validez del contrato, la falta de pago y la documentación presentada, aplicando la normativa vigente y los principios de contratos por adhesión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Banco de la Provincia de Buenos Aires demandó a María Nazareno Aspitia por la suma de $626.898,28, derivada del saldo deudor de la tarjeta de crédito Visa que la demandada poseía en la sucursal San Fernando, vencido el 04/09/2023. La entidad bancaria fundamentó su reclamo en la documentación que acredita la contratación y los consumos realizados, así como en la falta de respuesta de la demandada a la demanda, declarada rebelde y posteriormente con su rebeldía cesada. La demandada no contestó ni compareció a la audiencia de conciliación, por lo que se consideraron probados los hechos y la existencia de la deuda. La sentencia aplicó las normas del Código Civil y Comercial, en especial la normativa vigente a partir del 09/01/2023, y los artículos 60 y 354 del Código Procesal Civil y Comercial, estableciendo que la falta de contestación puede entenderse como reconocimiento de los hechos y derechos reclamados. La mora se configura con el vencimiento del plazo de pago y la suma demandada corresponde con los consumos acreditados en la documentación. Se condena a la demandada a pagar la suma de $626.898,28, con intereses desde el 04/09/2023 y costas a su cargo. La sentencia fundamenta que en contratos de adhesión, la interpretación debe ser favorable al consumidor, y que la mora se produce automáticamente por el vencimiento, sin necesidad de requerimiento previo.
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