TORTORA ALICIA CARMEN S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara herederos a los hijos y al cónyuge de Alicia Carmen Tortora por fallecimiento en la sucesión ab intestado. La jueza dispuso que los herederos universales y el cónyuge heredan en carácter de tales, con reconocimiento de derechos sobre bienes propios y gananciales, confirmando el carácter ab intestado del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante en la sucesión ab intestado de Alicia Carmen Tortora fue la propia sucesión representada por sus herederos universales. Se acreditó el fallecimiento de la causante ocurrido el 15 de octubre de 2015, y se verificó el estado civil y la existencia de hijos nacidos en 1974, 1975, 1987 y 1992. La publicación de edictos fue negativa, por lo que la jueza dispuso la declaración de herederos en favor de los hijos y del cónyuge, tal como lo prevén los arts. 2424, 2426 y 2433 del Código Civil y Comercial, y arts. 735 y 737 del CPCC. La sentencia señala: "se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ALICIA CARMEN TORTORA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: PAOLA ANDREA, CAMILO, JUAN SEBASTIAN y JUAN IGNACIO GUDIÑO Y TORTORA y su cónyuge RAFAEL DEL ROSARIO GUDIÑO a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto a los gananciales". La resolución fue dictada por la jueza Soledad de Vedia, quien fundamentó que "la sucesión ab intestado se tramita con base en la ley y en la declaración de los herederos", y que la publicación de edictos arrojó resultado negativo, justificando la declaratoria de herederos sin necesidad de otros procedimientos.
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