FUNES MARTA CRISTINA C/ TALE SA y otro/a S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
La demanda por daños y perjuicios por accidente de tránsito en Florencio Varela fue aceptada y la sentencia condenó a la aseguradora y los responsables a pagar $400.000, con intereses y actualización por IPC, por responsabilidad del accidente producido el 14/07/2018. La sentencia también rechazó daño psicológico y lucro cesante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Cristina Funes, demanda daños y perjuicios contra Línea T.A.L.E S.A., Lucas Leonardi y en garantía, Mutual Rivadavia, por un accidente ocurrido el 14/07/2018 en Florencio Varela, donde fue atropellada por un colectivo de la línea 354 interno 10, mientras cruzaba la calle Moran en una senda peatonal. La accionante alegó que el conductor del colectivo circulaba a excesiva velocidad y de manera imprudente, provocando su caída y lesiones en extremidades, columna, cabeza, además de daños morales y psicológicos. La aseguradora negó la existencia del hecho, la responsabilidad del conductor y la participación de la actora, ofreciendo prueba y fundando en derecho. La Cámara, tras valorar las declaraciones testimoniales y la prueba pericial, concluyó que la accidente ocurrió por negligencia del conductor del colectivo, que circulaba a velocidad excesiva y de manera imprudente, resultando responsable. Se reconoció el daño moral en $400.000, se aplicaron intereses del 6% anual desde el hecho, y se actualizó por IPC. La condena se extendió a la aseguradora dentro de los límites de la póliza, con costas a la demandada.
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