DELCANTO SILVIA ESTELA C/ I.O.M.A. S/ AMPARO
La sentencia confirma la procedencia del amparo y ordena a IOMA suministrar el tratamiento médico solicitado, considerando el derecho a la salud y la protección constitucional y convencional de derechos humanos. La medida cautelar provisoria fue convertida en definitiva, garantizando el acceso a tratamiento de alto impacto vital.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, Silvia Estela Delcanto, demanda contra IOMA solicitando la autorización y suministro de un tratamiento oncológico compuesto por Fulvestrant 500mg, Palbociclib 125mg y Ácido Zoledrónico, alegando la urgencia y necesidad del mismo dada su condición de salud. La Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires contestó la acción, y se ordenó la medida cautelar en octubre de 2018, la cual fue convertida en definitiva por la sentencia. El tribunal destaca que el derecho a la salud es un derecho fundamental, protegido constitucional y convencionalmente, y que la protección del derecho a la vida y la salud de la amparista prevalece sobre otros intereses. Se remarca que la normativa constitucional, internacional y regional en derechos humanos refuerza la obligación de las autoridades públicas de garantizar estos derechos con acciones positivas, y que en casos como el presente, la protección del derecho a la vida y a la salud es prioritaria. La sentencia concluye que la acción de amparo debe prosperar, ordenando a IOMA suministrar los medicamentos en los plazos establecidos, con costas a la parte vencida.
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