GIOVANELLA EDUARDO OMAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
La presentación de la demanda por sucesión ab-intestado fue admitida, comunicándose la misma al domicilio electrónico del peticionante y registrándose en la causa. La resolución dispuso el cumplimiento de formalidades y notificaciones electrónicas.
- Quién demanda: (No especificado en el fragmento)
¿A quién se demanda?
GIOVANELLA EDUARDO OMAR
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Inicio del trámite de sucesión ab-intestado (la demanda fue presentada y admitida)
¿Qué se resolvió?
Se admitió la presentación y se dispuso la comunicación electrónica y registro en la causa
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Téngase al peticionante por presentado, con domicilio legal constituido (físico y electrónico)." "Atento la recusación sin causa formulada al punto II de la demanda, comuníquese la presente a sus efectos en forma automatizada..." "Regístrese." La resolución se basa en la admisión formal de la demanda, el cumplimiento de los requisitos de notificación electrónica, y el registro en los libros del tribunal. No se dictan decisiones sustantivas sobre el fondo del proceso ni se analizan agravios. La referencia a la recusación sin causa indica que la misma fue considerada sin fundamentos, sin afectar la admisibilidad del trámite.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: