.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 34.329 DE LA CAMARA DE APELACION Y GARANTIAS EN LO PENAL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL GRAL. SAN MARTIN, SALA II.-
La Suprema Corte declaró la nulidad de oficio de la sentencia y actos procesales por violación del debido proceso en un proceso penal juvenil. Ordenó la devolución del expediente para que un magistrado determine la pena, garantizando el derecho a doble conforme y derechos constitucionales del imputado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Facundo Ariel Ríos, a quien el 23 de febrero de 2023 se le dictó una resolución de no imposición de sanción penal por homicidio culposo agravado. El Ministerio Público apeló y la Sala I de la Cámara departamental revocó esa decisión, ordenando la determinación de una pena bajo el acuerdo abreviado. La defensa oficial interpuso un recurso de casación, que fue rechazado por incompetencia del tribunal de casación. Posteriormente, se intentó un recurso de revisión horizontal, que fue considerado extemporáneo por la Sala II de la Cámara. La defensa interpuso un recurso extraordinario, que fue concedido, y la Suprema Corte analizó si la actuación procesal violaba garantías constitucionales y derechos del imputado, concluyendo que existieron errores procesales graves que afectan el debido proceso. La Corte decidió anular de oficio todos los actos procesales y devolver el expediente para que un magistrado competente determine la pena, garantizando así el derecho a doble conforme y la protección de derechos constitucionales del joven imputado.
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