.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA Nº 121.064 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA V
El recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley promovido por la defensa de Gilda Nicole Flores fue rechazado por la Suprema Corte, que confirmó la constitucionalidad y legalidad del sistema de jurado y mayoría para la condena, sosteniendo que las críticas no demostraron arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal superior analizó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por la defensa de Gilda Nicole Flores contra la sentencia de la Sala V del Tribunal de Casación Penal que confirmó su condena por homicidio simple a 8 años y 6 meses de prisión. La defensa alegó arbitrariedad, vulneración de garantías constitucionales como la igualdad ante la ley, el ne bis in idem, la defensa en juicio y la imparcialidad del jurado, además de cuestionar la constitucionalidad del art. 371 quáter del Código Procesal Penal en relación con el sistema de mayorías y jurado estancado. La Suprema Corte, tras revisar los argumentos, concluyó que los agravios no demostraron arbitrariedad ni violación de derechos constitucionales, y que las normas aplicadas estaban dentro de la potestad provincial. La Corte resaltó que el proceso se llevó conforme a lo establecido, que la participación del jurado fue válida y que la duración de la deliberación final no afecta la validez del veredicto. Además, sostuvo que la elección de mayorías para los veredictos y el procedimiento ante jurados estancados no vulneran derechos constitucionales, y que las críticas a la influencia mediática y presión social no acreditaron afectación a la imparcialidad del jurado. En consecuencia, se rechazó el recurso y se confirmó la sentencia de condena.
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