SANTINI ERIC AGUSTÍN - CEJAS HECTOR EMANUEL - CABRERA GUSTAVO ADRIÁN - MILDEMBERGER ALFONSO MARTIN S-ROBO AGRAVADO S- INCIDENTE PRISIÓN PREVENTIVA S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Entre Ríos revocó la sentencia de la Cámara de Casación que mantenía la prisión preventiva y ordenó la inmediata excarcelación de los imputados Gustavo Adrián Cabrera y Alfonso Martín Mildemberger con medidas de coerción alternativas. La decisión se fundamentó en que la nulidad de la condena anuló los riesgos procesales que justificaban la prisión preventiva, y que la medida carecía de sustento en evidencias concretas de peligro de fuga o entorpecimiento, además de no tener un límite temporal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa involucra a Gustavo Adrián Cabrera y Alfonso Martín Mildemberger, quienes fueron condenados por un jurado popular en un hecho de robo agravado con uso de arma de fuego. La sentencia de condena fue anulada por la Cámara de Casación, ordenando un nuevo juicio. Sin embargo, la prisión preventiva de ambos fue mantenida en la resolución de la Casación, decisión que fue impugnada por las defensas. La Sala Superior analizó los antecedentes, destacando que ambos imputados transitaban en libertad en la fase previa al juicio y que durante la investigación y el juicio demostraron conducta procesal adecuada, sin indicios concretos de riesgo de fuga o entorpecimiento. La nulidad de la condena restableció el estado de inocencia, por lo que la prisión preventiva carece de justificación objetiva y proporcionalidad, además de carecer de un límite temporal y basarse en meras conjeturas. La Sala concluyó que la medida de coerción no se encuentra respaldada en evidencias concretas, y que su mantenimiento implica un adelanto de pena, vulnerando derechos constitucionales y garantías procesales. La decisión se fundamentó en precedentes jurisprudenciales que refuerzan la naturaleza cautelar e instrumental de la prisión preventiva, y en la necesidad de que las restricciones sean fundadas en riesgos reales y concretos. Por todo ello, se revocó la resolución de la Cámara de Casación, ordenando la excarcelación de los imputados con las restricciones señaladas en la sentencia.
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