Logo

MILIONE, OSMAR NORBERTO c/ ANSES s/JUBILACION POR INVALIDEZ

La Cámara Federal de la Plata confirmó la sentencia que ordenó a ANSeS otorgar el beneficio de retiro transitorio por invalidez, rechazando las alegaciones de extemporaneidad y cuestionamientos sobre la notificación y la prescripción, ratificando la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y la aplicación del art. 36 de la ley 27.423.

Recurso de apelacion Prescripcion Notificacion Inconstitucionalidad Anses Invalidez Beneficio previsional Ley 27.423 Ley 24.463 Seguridad social.


¿Quién es el actor?

Osmar Norberto Milione

¿A quién se demanda?

ANSeS

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del rechazo administrativo a su beneficio de retiro transitorio por invalidez y la orden de otorgarlo con actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda, revocando la resolución administrativa que denegó el beneficio, y ordenó a ANSeS que otorgue el beneficio solicitado, confirmando la constitucionalidad del art. 36 de la ley 27.423 y la inaplicabilidad del art. 22 de la ley 24.463 en estos casos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El juez de primera instancia falló a favor del actor, considerando que la resolución administrativa que negó el beneficio por supuesta extemporaneidad de la DDJJ de salud no había sido debidamente notificada y que, además, los aportes del actor cumplían los requisitos para la percepción del beneficio. La Cámara sostiene que la normativa aplicable y los antecedentes jurisprudenciales permiten considerar que la presentación extemporánea no impide el reconocimiento del derecho en estos casos, y que la notificación fue inequitativa. Además, ratifica que la ley 24.463 y sus excepciones, como la del art. 22, no son aplicables a beneficios previsionales que tengan carácter alimentario y que se deben aplicar los principios de protección de la seguridad social." "Asimismo, la Cámara confirma que la resolución administrativa fue dictada en violación del debido proceso y que la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, declarada por la Corte Suprema, implica que el art. 36 de la ley 27.423 resulta vigente y aplicable para estos casos." "Finalmente, se ratifican las costas a cargo de la demandada, en línea con la doctrina de la Corte Suprema en materia de protección de derechos previsionales."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar