BENEFICIARIO: C G, E JUNIOR Y OTRO s/HABEAS CORPUS
La Cámara Federal de La Plata modificó la resolución del juez de grado y ordenó que antes de cualquier traslado del interno G. a otro establecimiento penitenciario, se solicite autorización expresa al juez a cuya disposición se encuentra anotado, manteniendo la medida cautelar de protección del interno.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, representado por la Defensora Pública Oficial Dra. Julia Emilia Coma, interpuso recurso de apelación contra la resolución del juez de grado que rechazó la acción de hábeas corpus y la medida cautelar de no innovar solicitada para evitar el traslado del interno E. Junior C. G. hacia la Unidad VI del Complejo Penitenciario Federal de Rawson, por considerar que corría riesgo su vida debido a amenazas de internos con quienes tiene antecedentes. La Cámara, tras analizar las actuaciones y las medidas adoptadas, decidió declarar inoficioso el tratamiento del recurso y ordenó que, antes de cualquier traslado, el Servicio Penitenciario Federal solicite autorización judicial expresa, garantizando así los derechos del interno y resguardando su integridad psico-física. La decisión se fundamenta en la necesidad de respetar las facultades judiciales en materia de traslados penitenciarios y en la protección efectiva del derecho a la vida y a la integridad del interno.
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