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BOTANA, EDGARDO HUGO c/ BUENOS AIRES SERVICIOS DE SALUD - BASA S.A. Y OTROS s/ORDINARIO

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la sentencia que rechazó la acción de cobro de facturas por falta de prueba válida, y en consecuencia, se mantiene la condena a Well Being S.A. a abonar $5890 más intereses, por insuficiencia probatoria en la documentación y la acreditación del cumplimiento de la prestación.

Valoracion de la prueba Prueba documental Responsabilidad solidaria Responsabilidad contractual Cobro de facturas Insuficiencia probatoria Prueba pericial contable Documentacion respaldatoria Rechazo de demanda. Eximicion de llevar libros


¿Quién es el actor?

Edgardo Hugo Botana

¿A quién se demanda?

Buenos Aires Servicios de Salud (BASA) S.A., Aniva S.A., Zona Oeste Salud S.A., Policlínico Regional Avellaneda S.A., O.S.U.O.M.R.A., Well Being S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de facturas por insumos médicos suministrados y acreditados mediante documentación, con reclamo de responsabilidad solidaria o mancomunada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, rechazando la demanda contra varias demandadas y admitiendo parcialmente la contra Well Being S.A., quien fue condenada a pagar $5890 más intereses. La sentencia se fundamentó en la insuficiencia probatoria de la documentación presentada, la inexistencia de respaldo contractual suficiente, y la falta de acreditación efectiva del cumplimiento de las prestaciones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia consideró que las facturas no estaban respaldadas en contratos de compraventa ni en comunicaciones concluyentes, y que la prueba pericial contable mostró que la mayoría de las facturas no estaban registradas en los libros contables de las demandadas, salvo una factura. También se destacó que la eximición del requerimiento de llevar libros rubricados, por ser una persona física, no eximía al actor de probar la efectiva prestación de los servicios o entregas facturadas, lo cual no ocurrió. La apelación no aportó argumentos concretos ni controvirtió estos fundamentos, limitándose a reiterar la existencia de una relación contractual y la validez de las facturas, sin presentar prueba adicional. La Cámara consideró que la impugnación fue genérica y que no se cumplió con la carga de la prueba, por lo que confirmó la sentencia negativa de la demanda y desestimó la apelación.

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