SUCESORES DE MIGLIERINA, GLADYS NORA c/ PROVINCIA SEGUROS S.A. s/ORDINARIO
La Cámara de Apelación revoca la sentencia de primera instancia y condena a Provincia Seguros SA a pagar la indemnización por incapacidad total y permanente y daño moral, considerando que la cobertura del seguro estuvo vigente en el momento del siniestro y valorando adecuadamente la prueba pericial y la normativa protectoria del consumidor.
Actor: Gladys Nora Miglierina, en representación de sus sucesores
Demandado: Provincia Seguros SA
Objeto: indemnización por siniestro de incapacidad total y permanente y daño moral
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y condena a la aseguradora a pagar $960.900 por incapacidad total y permanente y $500.000 por daño moral, con intereses y costas
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia fue revocada por entender que la cobertura del seguro estuvo vigente en el momento del siniestro, pese a que la aseguradora alegó que el vínculo laboral se había extinguido antes del evento. La pericia médica y las reglas de la sana crítica permitieron presumir que la incapacidad existía durante la vigencia del seguro, aplicando principios de protección al consumidor y el principio pro homine. La doctrina y jurisprudencia señalan que en materia de seguros colectivos de vida, en caso de duda, debe prevalecer la protección del asegurado, y que el plazo de prescripción aplicable es de cinco años según el Código Civil y Comercial, no el de un año de la ley de seguros. La prueba pericial y la interpretación de la normativa indican que la enfermedad pudo haberse manifestado antes del cese laboral, por lo que la aseguradora debe responder.
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