BARBOSA, TATIANA CAROLINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirma la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo siniestral por inexistencia de trauma físico y mental, y ratifica la constitucionalidad del sistema de comisiones médicas y su procedimiento. La decisión se fundamenta en que la trabajadora no aportó pruebas que respalden su disconformidad y no sufrió daño físico o psicológico que justifique la reparación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La trabajadora, Tatiana Carolina Barbosa, demanda a la Provincia ART S.A. por daños derivados de un accidente laboral ocurrido en 2025, solicitando reconocimiento de incapacidad y daños.
- La Cámara confirma la decisión que desestimó su reclamo, argumentando que no existe trauma óseo ni minusvalía funcional acreditada, y que la evaluación médica es válida.
- La sentencia destaca que: “las comisiones médicas que actúan en sede administrativa han sido creadas por ley formal y satisfacen las exigencias de independencia e imparcialidad,” y que “el sistema incorpora resguardos del debido proceso que contribuyen a la participación de las partes en el procedimiento.”
- Además, se señala que “no se advierte arbitrariedad en la decisión administrativa, dado que la demandante no aportó pruebas ni alegó errores en el diagnóstico.”
- La decisión también resalta que “el evento dañoso no generó trauma físico o mental suficiente para justificar indemnización,” y que “el carácter de proceso ágil y la normativa vigente garantizan la constitucionalidad del sistema.”
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