PONSE LUIS ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de apelación del actor y confirmó parcialmente la sentencia que hizo lugar a la demanda, estableciendo pautas para la revisión del haber inicial y la movilidad de las prestaciones, en línea con precedentes jurisprudenciales y consideraciones constitucionales.
¿Qué se resolvió en el fallo?
– Quien demanda (Actor): Luis Antonio Ponce – A quién se demanda (Demandado): ANSES – Qué se reclama (Objeto de la demanda): Reajuste del haber inicial y movilidad de la prestación, incluyendo la redeterminación del haber y revisión de parámetros como el índice salarial y la PBU. – Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, rechazando los agravios del actor y desestimando la inconstitucionalidad de leyes y normas invocadas. Se diferenció el análisis de la revisión del haber inicial para la etapa de ejecución y se reafirmó la constitucionalidad de las normas de movilidad y la delegación de facultades al Poder Ejecutivo. La Cámara también resolvió que la liquidación de beneficios y costas se ajuste a criterios específicos, respetando precedentes del máximo tribunal y la normativa procesal. – Fundamentos principales: "En atención a la normativa constitucional y a la jurisprudencia consolidada, no se advierte irracionalidad manifiesta en las medidas adoptadas por el Congreso y el Poder Ejecutivo en el marco del estado de emergencia, ni vulneración del art. 14 bis de la CN. La declaración de inconstitucionalidad de la emergencia y las normas delegadas requiere un análisis exhaustivo y no surge de las constancias del expediente. La movilidad prevista por la ley 27.426 y sus modificatorias no contraviene principios constitucionales, sino que se ajusta a la potestad legislativa en materia de seguridad social. La normativa que regula la actualización de haberes y la aplicación del índice de movilidad se encuentra en línea con los precedentes de la CSJN, en especial en los autos "Elliff" y "Galli Hugo". La retención del impuesto a las ganancias también ha sido considerada constitucionalmente válida en los precedentes de la CSJN. La regulación de costas y honorarios se ajusta a la normativa procesal vigente y a los lineamientos jurisprudenciales, en particular la sentencia del 22.06.2023 de la CSJN en la causa “Morales”.
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