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PALLARES OSCAR ALBINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma en lo sustancial la decisión de no hacer lugar a la demanda, rechazando los agravios del actor respecto a la actualización de beneficios y la constitucionalidad de las normativas aplicadas.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Seguridad social Constitucionalidad Jurisprudencia csjn Actualizacion de beneficios Ley 27.609 Ley 24.241 Ley 27.426 Indices previsionales


¿Quién es el actor?

Oscar Albino Pallares

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en la redeterminación del haber inicial, inclusión de la Prestación Básica Universal, beneficios por servicios dependientes, y cuestionamientos sobre las pautas de actualización, además de inconstitucionalidades de normas y resoluciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a la demanda en la instancia de primera, pero en esta etapa, tras el análisis de los agravios, revoca dicha decisión y rechaza la demanda en todas sus partes, confirmando la constitucionalidad y razonabilidad de las índices y normativas aplicadas por el organismo previsional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara afirmó que los índices utilizados para la actualización de las remuneraciones, como el INGR y RIPTE, desde 1995, han sido considerados adecuados y no irrazonables por la jurisprudencia, incluyendo precedentes de la CSJN. Se resaltó que la normativa vigente y las decisiones legislativas posteriores, incluyendo las leyes 27.426 y 27.609, reanudaron la facultad del Congreso Nacional para establecer los índices de actualización, lo que limita la aplicación del precedente "Elliff" y legitima la utilización de dichos índices. Además, se sostuvo que el método de actualización empleado no presenta arbitrariedad ni irrazonabilidad, y que la interpretación de los artículos cuestionados por el actor resulta ajustada a la normativa constitucional y legal vigente. La decisión también abordó la constitucionalidad de las normas cuestionadas, reafirmando que el sistema contribuye a mantener la movilidad y el carácter contributivo del sistema previsional sin afectar derechos constitucionales. Finalmente, se rechazaron las quejas sobre la aplicación de topes y retenciones, y se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad de las leyes y resoluciones cuestionadas.

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