SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS C/ BONINI, GLADIS SILVIA S/ ORDINARIO COBRO DE PESOS
La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió declarar la competencia del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Federal en un conflicto de competencia originado en un juicio monitorio por deuda fiscal. La decisión se fundamentó en que la deuda fue contraída por herederos y no por la causante fallecida, y que los períodos reclamados son posteriores a su fallecimiento.
- Quién demanda: Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos
- A quién se demanda: Carmen Josefina Eguia y/o sus sucesores y/o herederos
- Qué se reclama: Cobro de $253.295,49 por deuda de impuesto inmobiliario, mediante proceso monitorio
- Qué se resolvió: Se declaró la competencia del Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Federal y se remitieron las actuaciones a dicho juzgado
Fundamentos:
La Sala analizó que las deudas reclamadas corresponden a períodos posteriores al fallecimiento de la causante, Carmen Josefina Eguia, ocurrido el 12 de enero de 2011. Citando jurisprudencia de la CSJN y del Tribunal Superior de Justicia de Buenos Aires, sostuvo que el fuero de atracción del proceso sucesorio no abarca obligaciones posteriores a la muerte del causante. Además, se observó que los certificados de deuda emitidos por la Administración Tributaria identifican a la deudora como "y/o sucesores y/o herederos", lo cual implica una indefinición que torna improcedente la acción. La decisión también consideró que la documentación y los informes del Registro de Juicios Universales confirman que la deuda no fue contraída por la causante, sino por sus herederos. La jueza Portela afirmó que "las deudas por las que la ejecutante promovió el proceso monitorio son posteriores a la muerte de la causante y sus herederos, por lo que se excluyen del fuero de atracción". La vocal Schumacher, en reserva, adhirió a la competencia del juzgado de Federal, pero reservó su opinión respecto a los requisitos de los certificados de deuda. El Dr. Carbonell concluyó que la mayoría de los votos permite declarar la competencia del tribunal de Federal y remitir las actuaciones.
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