AGUIRRE, MARIELA V. EN REPRESENTACION DE V.E. A. C/ INSTITUTO DE LA OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (IOSPER) S/ ACCION DE AMPARO
La Sala Nº 3 del Trabajo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos revocó parcialmente la sentencia de la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay y condenó a la empleadora a pagar indemnizaciones por despido incausado, horas extras, antigüedad, preaviso, aguinaldo y vacaciones. La decisión se fundamentó en que las libretas de trabajo aportadas por ambas partes constituyen prueba suficiente para desvirtuar la presunción del art. 87 del CPL y que los comprobantes de pago de viáticos fueron presentados fuera de tiempo, afectando el derecho de defensa del trabajador. La Cámara también consideró que los rubros indemnizatorios estaban ya abonados en los recibos de liquidación final, pero el Tribunal aclaró que estos conceptos no estaban incluidos en dichos recibos, por lo que procedió a condenar en su favor y ordenó la liquidación en primera instancia, con intereses y costas. La disidencia parcial del Dr. Salduna no modificó la mayoría del fallo.
¿Quién es el actor?
Gustavo Ismael Aguirre
¿A quién se demanda?
Derudder Hnos. S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnizaciones por despido incausado, horas extras, antigüedad, preaviso, aguinaldo, vacaciones proporcionales, gastos de viáticos, horas nocturnas y otros conceptos laborales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, considerando que los comprobantes de pago y libretas de trabajo desvirtuaban las presunciones y que los rubros estaban ya abonados en los recibos, pero el Tribunal Superior, en mayoría, revocó esa decisión y ordenó pagar las indemnizaciones reclamadas, considerando que los conceptos no estaban efectivamente cancelados y que los comprobantes de viáticos presentados en forma extemporánea no afectaron el derecho de defensa. Además, confirmó el rechazo al reclamo por horas nocturnas y la procedencia del pago de horas extras en base a la prueba de libretas y pericias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La prueba de libretas de trabajo, autorizadas y previstas en la normativa del CCT Nº 460/75, es suficiente para refutar la presunción del art. 87 del CPL, que protege la existencia de horas extras. Los comprobantes de pago de viáticos, presentados fuera de tiempo y sin la documentación adecuada, no afectan el derecho de defensa del actor, ya que la documentación fue agregada con posterioridad a la contestación de la demanda. Los rubros indemnizatorios no estaban incluidos en los recibos de liquidación final, y la prueba pericial demostró que los montos abonados en dichos recibos eran superiores a los que corresponden, por lo que procede su pago. La normativa laboral y la jurisprudencia aplicable establecen que no es necesario registrar separadamente las horas nocturnas, pero si las horas nocturnas no superan la jornada legal, no correspon
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