ZAYAS, ELIAS DAVID C/ INSTITUTO AUTÁRQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
La Cámara de Gualeguaychú revocó la resolución que declaraba la incompetencia del Juzgado de Primera Instancia y estableció la competencia del tribunal laboral para entender en el caso de un accidente de trabajo. La decisión se fundamentó en la inconstitucionalidad de las leyes que imponían una instancia administrativa previa.
- Quien demanda (Actor): Elías David Zayas
Demandado: Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos
Objeto: Prestaciones por incapacidad derivada de una enfermedad laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la resolución que desestimó la competencia del Juzgado del Trabajo y declaró inconstitucionales varias leyes que imponían paso previo ante comisiones médicas, confirmando que la competencia corresponde al tribunal laboral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la ley 27.348 y la Ley 10.532, que establecen que la actuación de las Comisiones Médicas constituye una instancia administrativa previa y excluyente, violan el derecho constitucional de acceso a la justicia, el debido proceso y el juez natural. La jurisprudencia de la Corte Suprema en “Pogonza” y otros precedentes refuerzan que ello resulta inconstitucional, ya que cercena la función jurisdiccional y la imparcialidad del órgano judicial. La decisión de la Corte en “Pogonza” no es casatoria ni obliga a seguirse en todos los casos, pero en este contexto, la Sala sostiene que la normativa en cuestión resulta irrazonable y contraria a los principios constitucionales, por lo cual la competencia del tribunal laboral debe restablecerse, dejando sin efecto las leyes provinciales y nacionales que impugnaron.
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