P., A. J. C/ RAMIREZ CARINA VANESA Y OTRO S/ EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Paraná rechazó el recurso de apelación contra la regulación de honorarios en un proceso de ejecución, confirmando que los honorarios fijados no resultan bajos y cumplen con la normativa legal y constitucional.
- Quién demanda: Dr. A. J. P. (recurrente)
¿A quién se demanda?
Carina Vanesa Ramírez y otros (parte demandada en ejecución de honorarios)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de honorarios regulados en $25.000, considerándolos bajos y por debajo del mínimo legal del art. 58 de la ley 7046
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la regulación de honorarios, argumentando que los mismos no son irrazonables y están fundamentados en la base económica del proceso y los principios de razonabilidad legal y constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El mínimo legal arancelario debe mantenerse en tanto las sumas resultantes no se exhiban como irrazonables -art. 1255 CCC-, pues el principio de razonabilidad de base legal (art.3 CCCN) y constitucional impregna todo el ordenamiento jurídico (el mismo está en forma implícita en los arts. 28 y 33, en conjunción con los arts. 16 y 17 de la Constitución Nacional y su Preámbulo y en el art.65 Constitución Provincial). En el presente, en el grado se ha fundado correctamente los motivos para apartarse de la regla arancelaria del art.58 LA." "En consonancia con lo expuesto, teniendo presente la base económica de la presente ejecución, esto es la suma reclamada con más los intereses desde la mora, la labor profesional desarrollada por el letrado recurrente, se concluye que los honorarios no resultan bajos, por lo que debe rechazarse el recurso de apelación interpuesto." "Por ello; SE RESUELVE: No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto contra los honorarios regulados en 20/12/2023."
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