CAMPOSTRINI, FLORENCIA GRACIELA C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS S/ ACCIDENTE DE TRABAJO
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que condenó al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos a pagar $838.117,77 por incapacidad parcial y permanente del 4,3% tras accidente laboral, considerando que la liquidación y la doctrina Crettaz son correctas y constitucionales.
- Quién demanda: Florencia Graciela Campostrini
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de indemnización por accidente de trabajo, incapacidad del 4,3%, monto de $838.117,77
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar la suma mencionada
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El juez de grado aplicó la doctrina 'Crettaz' del STJER, que resulta de aplicación obligatoria, para determinar la liquidación y el monto de la indemnización, considerando que la aplicación del RIPTE mejora sustancialmente la indemnización del trabajador en un contexto de inflación. La sentencia también consideró que la normativa cuestionada (DNU 669/19 y resolución SSN 1039/2019) es inconstitucional por violar principios de legalidad, retroactividad y división de poderes, pero en cuanto a la liquidación, el análisis en base a 'Crettaz' es correcto y vinculante. La condena por intereses del 12% anual, como intereses compensatorios, también se ajusta a la jurisprudencia, pues buscan reparar la mora y preservar la función resarcitoria del interés." "Los jueces concluyen que la sentencia de grado fue justa, razonada y ajustada a derecho, por lo que se confirma la resolución de primera instancia en todos sus términos, con costas a la parte vencida."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: