C., E. C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE ENTRE RIOS ART S/ EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara de Gualeguaychú revoca la resolución que suspendió el proceso de ejecución de honorarios en un expediente laboral. La decisión se fundamenta en que no existen motivos suficientes para detener el proceso, dado que la suma reclamada está reconocida y firme, y la suspensión afectaría derechos adquiridos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Dr. E. C., demanda la ejecución de honorarios laborales reconocidos en una sentencia firme desde el 1 de febrero de 2023, contra el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER). La Jueza de primera instancia suspendió la ejecución alegando que el proceso principal, en trámite en otra sala del STJER, podría afectar la validez del proceso ejecutivo. El recurrente argumentó que dicha suspensión vulnera la prohibición de "reformatio in peius" y que los honorarios están a su disposición en la cuenta del juicio principal desde la fecha señalada. La Sala consideró que la suspensión no estaba justificada, ya que la suma reclamada es firme y reconocida, y no existía motivo para paralizar el proceso. La mayoría de los votos concluyó que la suspensión era innecesaria y que el proceso debía continuar, revocando la resolución que la dispuso. La disidencia, representada por el vocal Stettler, se abstuvo de votar.
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