MONDINO, CARLOS ALBERTO C/CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS Y ESTADO PROVINCIAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO **
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos revocó la resolución que denegó la pensión "Héroes Entrerrianos" a Carlos Alberto Mondino y ordenó su reconocimiento, considerando que el actor acreditó residencia efectiva en la provincia durante el período requerido y que la norma busca honrar a quienes participaron en Malvinas desde Entre Ríos.
- Quien demanda (Actor): Carlos Alberto Mondino
Demandado: Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos y Estado provincial
- Qué se reclama: La anulación del acto administrativo que denegó su pensión no contributiva "Héroes Entrerrianos" y su otorgamiento
- Qué se resolvió: La Cámara hizo lugar a la demanda, anuló la resolución negativa y ordenó el reconocimiento del beneficio con efecto retroactivo de dos años desde la solicitud de reapertura, con intereses
Fundamentos:
La sentencia destaca que la ley 9216 tiene como finalidad honrar a quienes intervinieron en la guerra de Malvinas desde Entre Ríos, independientemente del lugar de nacimiento o residencia previa en la provincia, siempre que hayan tenido domicilio en Entre Ríos en algún momento del período 1982-1995. El tribunal analizó la prueba documental que acreditó que Mondino residió en la provincia durante y después del conflicto, y que sus cambios de domicilio respondieron a circunstancias militares, no a una elección personal de residencia. Se citan precedentes administrativos y jurisprudenciales que avalan la interpretación flexible del requisito domiciliario, en consonancia con la finalidad de la ley y los principios de la seguridad social. La resolución administrativa que denegó el beneficio fue considerada nula por su interpretación restrictiva y errónea del texto legal. La sentencia ordena reconocerle la pensión con efectos retroactivos y costas a las demandadas.
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