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SANTO, MARISA ALEJANDRA C/ INSTITUTO AUTARQUICO PROVINCIAL DEL SEGURO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS ART (IAPSER ART) S/ ACCIDENTE DE TRABAJO

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que condenó al Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos a abonar más de 4,9 millones de pesos por accidente laboral. La Sala sostuvo que la decisión se ajustó a la normativa vigente y a la doctrina “Crettaz”.

Pericia medica Incapacidad Accidente de trabajo Indemnizacion laboral Interes compensatorio Ley 26773 Decreto 669/19 Ley 24.557 Doctrina ?crettaz? Camara laboral entre rios.


¿Quién es el actor?

Marisa Alejandra Santo

¿A quién se demanda?

Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo, en la suma de $4.992.662,74, más intereses, en base a la ley 24.557 y Ley 26773.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó al demandado al pago de la suma indicada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia fundamentó que la pericia médica probó que la actora presentaba lumbociatalgia con limitación funcional, con incapacidad del 15,663% aplicando el método de capacidad restante, y que la lesión fue atribuible al episodio en febrero de 2019. La jueza de grado aplicó el DNU 669/2019 y la doctrina “Crettaz”, declarando además la inconstitucionalidad del art. 3 de la Resolución N° 1039/2019 de la SSN. La apelación fue rechazada por la mayoría, considerando que la sentencia se ajustó a la normativa vigente y a la doctrina vinculante. La disidencia formuló consideraciones sobre la constitucionalidad del DNU 669/19 y la naturaleza de los intereses, pero no alteró el resultado.

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