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PRATO, ALEJANDRO JOSÉ C/ECKERDT LEONARDO NICOLAS S/EJECUCION DE HONORARIOS (CONEX. FAMILIA Nº 3)

La Cámara Segunda de Paraná confirmó la regulación de honorarios profesionales en una ejecución de honorarios, rechazando el recurso de apelación por considerarlos razonables y ajustados a la labor realizada, en línea con los principios de proporcionalidad y razonabilidad establecidos en la normativa vigente.

Honorarios profesionales Apelacion Proporcionalidad Regulacion Ley 7046 Art. 58 Principios de razonabilidad Ejecucion de honorarios Valoracion sistematica Justicia.


- Quién demanda: El letrado ejecutante (profesional que regula honorarios)
- A quién se demanda: La parte ejecutada (Eckardt Leonardo Nicolás S.)
- Qué se reclama: La revisión de los honorarios regulados en $223.038,05, considerados bajos por el profesional, y la aplicación del mínimo arancelario previsto por el art. 58 de la ley 7046.
- Qué se resolvió: La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la regulación de honorarios, fundamentando que la suma regulada resulta razonable y proporcional a la labor desempeñada, conforme a los principios de proporcionalidad y las pautas legales y constitucionales. Fundamentos: "El principio de proporcionalidad impone a los jueces que, en oportunidad de estimar la retribución de cualquiera de los profesionales por su actuación en el proceso, deban apartarse de los montos o porcentuales mínimos cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se considerasen, indiquen razonablemente que la aplicación estricta, lisa y llana de los mismos, ocasionará una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución que en virtud de aquellas normas habría de corresponder." "Por ello, considerando lo precedentemente expuesto, teniendo en cuenta la labor profesional desarrollada, el éxito obtenido y la real o probable dedicación temporal del profesional, la cuantía económica del asunto, por cuanto la regulación mínima en el caso comprendería 30 veces el capital con más los accesorios (monto que -conforme se peticiona en la demanda
- al día de la fecha asciende estimativamente a $17.030), debe rechazarse el recurso de apelación interpuesto."

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