PERAGALLO, JULIA B. C/ AGUET, NORMA B. Y OTRA S/ COBRO DE PESOS
La Cámara de Apelaciones revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda por despido indirecto, confirmando la existencia de una relación no laboral y dejando sin efecto la condena y costas. La decisión se fundamenta en la carácter autónomo y asociativo de la vinculación.
Actor: Julia Balbina Peragallo Demandado: Leylén Irungaray y Norma Beatriz Aguet Objeto: Cobro de salarios, indemnizaciones y conceptos derivados de una relación laboral, considerada en primera instancia como despido indirecto con condena a las demandadas. Decisión: La Cámara revoca la sentencia y rechaza la demanda, considerando que la relación no tuvo carácter laboral sino de colaboración autónoma, y que el contrato firmado y las pruebas demuestran la independencia de la actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La relación que describe el contrato y las comunicaciones entre las partes revela un vínculo de carácter asociativo y autónomo, sin elementos que configuren subordinación típica de una relación laboral. La existencia del contrato en los términos analizados, la libertad en los horarios, y la independencia en la prestación de servicios, avalan la naturaleza no laboral del vínculo. La jurisprudencia cita que 'el hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias las relaciones o causas que lo motiven se demostrase lo contrario' (art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo). En este caso, la documentación y las comunicaciones confirman que la actora actuaba con libertad, asumiendo riesgos económicos propios, y en un esquema de colaboración autónoma, no de subordinación." No existen votos disidentes relevantes en este caso.
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