M., J. R. C/ C., L. D. C. S/ DIVORCIO
La Cámara de Paraná confirmó la declaración de abstracción del recurso de apelación en un expediente de medidas cautelares en un proceso de divorcio, al considerar que el plazo de la medida cautelar había vencido y no se encontraba en vigencia.
- Quién demanda: J. R. M. en representación del actor J. R. C.
¿A quién se demanda?
L. D. C. C. (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de reposición con apelación en subsidio contra una resolución que hizo lugar a una medida cautelar de atribución provisoria del uso de la vivienda familiar.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró abstracto el recurso de apelación subsidiario, confirmando que la medida cautelar de 180 días había expirado sin prórroga y que no procedía su revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El plazo de la medida cautelar de atribución del uso de la vivienda fue de ciento ochenta días, y si bien podía prorrogarse, no ocurrió tal extensión ni solicitud de prórroga. La resolución del 16/05/2023 dispuso el uso provisorio en forma temporal, y la resolución del 05/06/2024 afirmó que dicho plazo había expirado y que no existía vigencia de la medida. La jurisprudencia de la CSJN señala que los pronunciamientos deben ser sobre cuestiones relevantes y actuales, no sobre hechos ya superados."
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