MERCADO, MARIA ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSES determinar el haber inicial y su reajuste conforme a la doctrina “Elliff”, rechazando los agravios de la demandada respecto a la aplicación del índice combinado y la retención del impuesto a las ganancias, y confirmando costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, beneficiaria de una jubilación desde el 30/01/2015, solicitó en sede administrativa el reajuste de su haber, que fue desestimado por ANSES. La sentencia de primera instancia acogió la demanda y ordenó a la ANSES a determinar el haber inicial y su reajuste conforme la doctrina “Elliff” y la Ley 26.417. La Cámara confirmó esa decisión, señalando que el análisis de la jurisprudencia y la doctrina aplicable, incluyendo precedentes como “Munizaga”, “Núñez”, “Piazza” y “Ferrini”, respalda la aplicación del método de actualización establecido en dichos fallos. Además, se reafirmó que la actualización de remuneraciones hasta febrero de 2009 debe hacerse con el I.S.B.I.C. y desde allí con la Ley 26.417, y que la retención del impuesto a las ganancias conforme a la Ley 20.628 no puede ser cuestionada en este contexto, remitiéndose a la jurisprudencia de la Corte Suprema. La Cámara también rechazó la queja por costas, confirmando la imposición a la demandada y regulando honorarios en el 35%.
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