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Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ARGAÑARAZ, PABLO JESUS s/LEGAJO DE CASACION

La Cámara Federal de Casación Penal inadmite el recurso de casación interpuesto en favor de Pablo Jesús Argañaráz contra la resolución del juez de ejecución que rechazó su solicitud de salidas transitorias, fundamentando la decisión en la constitucionalidad y compatibilidad de la ley 27.375 con el régimen progresivo de beneficios penitenciarios y la doctrina plenaria aplicable.

Inadmisibilidad Doctrina plenaria Recurso de casacion Derechos constitucionales Control judicial Beneficios penitenciarios Ley 27.375 Constitucion argentina Restricciones por delitos de trafico Acceso a salidas transitorias.


- Quién demanda: Pablo Jesús Argañaráz (a través de su defensa)

¿A quién se demanda?

La resolución del juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisibilidad del recurso de casación para que se revoque la decisión que rechazó la solicitud de salidas transitorias, y se dicte la habilitación para dichas salidas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, en mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, considerando que las cuestiones planteadas ya fueron resueltas por doctrina plenaria y que los agravios no constituyen una arbitrariedad, un vicio de fundamentación o cuestión federal. La decisión se fundamenta en que la restricción establecida en el art. 56 bis de la ley 24.660 (modificada por la ley 27.375) respecto a condenados por delitos de tráfico de estupefacientes es constitucional y no viola garantías constitucionales, además de que no se evidencia una cuestión federal que habilite la intervención de esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala resaltó que el juicio sobre la admisibilidad es provisorio y que las cuestiones planteadas por la defensa ya fueron abordadas en decisiones anteriores, incluyendo fallos de la Corte Suprema y doctrina plenaria. Se subrayó que las restricciones previstas en la ley 27.375 respecto a beneficios en casos de delitos de tráfico de estupefacientes son compatibles con principios de progresividad y igualdad ante la ley, y que las quejas de la defensa se basan en opiniones diversas, no en arbitrariedad ni en un vicio de fondo. Además, la Sala recordó que las decisiones en materia de beneficios penitenciarios para condenados por delitos de tráfico tienen sustento constitucional y que la jurisprudencia ha sido consolidada en estos aspectos.

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