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SPINELLI MARCELO ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma la admisibilidad de los recursos, manteniendo los fundamentos relacionados con la actualización de la PBU, la movilidad y los topes, y establece costas en orden a la alzada y regular honorarios del 30% de lo regulado en la instancia anterior.

Recurso de apelacion Jurisprudencia Seguridad social Constitucionalidad Topes Actualizacion pbu Movilidad previsional Honorarios. Ley 24.241 Leyes 27.426 y 27.609


- Quién demanda: Marcelo Alejandro Spinelli

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes en la prestación previsional y actualización de la PBU, conforme a las leyes 24.241 y 27.609.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revoca parcialmente la sentencia y confirma la constitucionalidad y legalidad de las disposiciones aplicadas, con énfasis en la actualización del haber, la movilidad y los topes, rechazando los agravios relacionados con la aplicación de los precedentes “Elliff” y “Blanco”, y estableciendo costas y honorarios en orden a la alzada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia sostiene que la actualización de la PBU debe considerarse de acuerdo con los precedentes “Quiroga”, “Sandoval” y “Pichersky”, en los que se concluyó que la comparación del haber inicial debe realizarse sobre el total percibido, reajustado o no. La Corte ha establecido que la comparación se efectúa sobre el haber total percibido, y que la ausencia de incrementos en componentes no reajustados no implica confiscatoriedad. Además, la ley 27.426 y 27.609 establecen claramente el índice a considerar, y las modificaciones legislativas deben respetar la Constitución Nacional. La revisión de la constitucionalidad del art. 9 y 25 de la ley 24.241 se pospone para la etapa de ejecución, dado que en esa fase se determinarán las diferencias concretas y la razonabilidad de los topes. En consecuencia, la decisión legislativa en materia de movilidad y actualización es respetuosa de la Constitución y la jurisprudencia del Tribunal Supremo. La sentencia también destaca que los aportes realizados mediante planes de facilidades de pago no deben ser considerados para la actualización del haber, y que las variaciones salariales en el período 1994-2001 no registraron cambios significativos. La sentencia concluye que las cuestiones constitucionales deben abordarse en la etapa de ejecución y que las disposiciones legales vigentes deben aplicarse en ese momento.

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