NATAL, OSCAR ARIEL C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó a IOSPER brindar cobertura integral y urgente de inyecciones oftalmológicas a un jubilado, rechazando la apelación de la obra social y manteniendo la condena.
- Quién demanda: Oscar Ariel Natal, jubilado, afiliado a IOSPER.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura urgente e integral de inyección de OZURDEX IV (DEXAMETASONA 0,70 MG) y ANTIANGIOGENIC IV (BEVACIZUMAB 5 MG) en ojo izquierdo, por retinopatía diabética.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la acción de amparo, confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó el recurso de apelación de IOSPER, ordenando el cumplimiento en 3 días hábiles.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la conducta de IOSPER fue manifiestamente ilegítima, ya que no autorizó la prestación completa requerida por el paciente y dilató injustificadamente la cobertura, vulnerando el derecho a la salud. La sentencia de grado fue fundada en que la negativa de la obra social configura una negativa manifiestamente ilegítima, en contraposición a lo establecido por la normativa constitucional, la Ley 8369 y la protección de derechos de las personas mayores. La autoridad judicial recordó que la cobertura debe ser plena cuando la prescripción médica lo requiere, destacando que la falta de Certificado Único de Discapacidad no impide el acceso a la misma en casos de enfermedad grave. La nulidad parcial de la sentencia en el punto que ordenaba multa por demora fue declarada, pero en lo sustancial se confirmó la obligación de cobertura y el plazo para su cumplimiento.
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