ARCA c/ EL PATAGONICO S.A s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
La Cámara Federal confirma el rechazo a la apelación por extemporaneidad en la presentación de una defensa en proceso de ejecución fiscal. La decisión se basa en la estricta interpretación de los plazos procesales perentorios y la importancia de la seguridad jurídica.
¿Quién es el actor?
ARCA
¿A quién se demanda?
EL PATAGONICO S.A.
- Objeto de la demanda: Ejecución fiscal
- Decisión del tribunal: Se rechaza el recurso de apelación por extemporaneidad y se confirma la resolución de primera instancia que tuvo por no presentada la defensa opuesta el 17 de marzo de 2025 a las 8:27 horas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia cita que los plazos legales en el proceso son perentorios, en virtud del art. 155 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y que la Corte Suprema ha establecido que "los plazos procesales tienen carácter perentorio y fatal" y que "razones de seguridad jurídica obligan a poner un momento final para el ejercicio de ciertos derechos". Además, se indica que la fecha de presentación del 17 de marzo de 2025, a las 8:27 hs, fue claramente vencida respecto del plazo establecido en el art. 92 de la ley 11.683, sin que la parte haya justificado la extemporaneidad. El tribunal señala que "los jueces no están obligados a tratar cada una de las argumentaciones que desarrollan las partes en sus agravios, sino sólo aquéllos que son conducentes para la solución del caso". La doctrina y jurisprudencia citadas refuerzan la postura de que la estricta interpretación de los plazos debe prevalecer para garantizar la seguridad jurídica y la igualdad en los procesos.
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