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LOMBARDI , SANDRA (CESIONARIA DE ADONAYLO CARLOS JAVIER) Y OTRO c/ TRANSPREB SA Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC. TRAN. SIN LESIONES )

La Cámara Civil en lo Federal confirmó la sentencia que condenó a Transpreb S.A. a resarcir daños por accidente vehicular, modificando parcialmente los montos por privación de uso y desestimando la desvalorización del rodado, en un fallo que valoró la prueba y las circunstancias del hecho.

Accidente de transito Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Recurso de apelacion Privacion de uso Desvalorizacion Responsabilidad del asegurador Reparacion integral.


¿Quién es el actor?

Sandra Lombardi, en calidad de cesionaria de los derechos litigiosos de Carlos Javier Adonaylo
- Demandados: Transpreb S.A. y Franco Guillermo Soto
- Objeto de la demanda: Reclamo de daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 24 de febrero de 2022, que causó daños al vehículo Audi A5 dominio AC404YO.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, elevando la condena por privación de uso a $700.000 y rechazando la desvalorización del rodado por falta de prueba concluyente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- En cuanto al daño moral, el tribunal valoró la lesión en los sentimientos del damnificado, señalando que “el daño moral importa, pues, una minoración en la subjetividad de la persona, derivada de la lesión a un interés no patrimonial”, y que “el monto debe fijarse ponderando las satisfacciones sustitutivas y compensatorias que pueden procurar las sumas reconocidas” (párrafos 14-19).
- Respecto del daño emergente, la sentencia consideró que la indemnización por franquicia de $399.000 no se relaciona con la proporcionalidad del daño material, sino con el gasto efectivo que afrontó el actor, por lo que se confirmó la suma.
- En privación de uso, la Cámara elevó el monto a $700.000, considerando el tiempo de reparación (25/02/2022 a 31/01/2023) y la jurisprudencia sobre daño “in re ipsa”.
- La desvalorización del rodado fue revocada por falta de prueba mecánica concluyente que demuestre la depreciación real, siendo la estimación del 2-4% no suficiente para confirmar el daño.
- En intereses, se confirmó la aplicación de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha del hecho hasta el pago, por considerarla adecuada y en línea con la reparación integral.
- Costas: Se impusieron a la aseguradora, dada la naturaleza resarcitoria del reclamo.
- Honorarios: Se difirió su regulación hasta la fijación definitiva por la instancia de grado.

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