RAPUZZI, MARÍA DE LOS ÁNGELES C/ OJEDA, SIDANELLA GREGORIA Y OTRAS S/ USUCAPION
La Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos resolvió desestimar el planteo de nulidad promovido por el Defensor General de la Provincia, confirmando la validez del trámite y la intervención del Ministerio Público de la Defensa en proceso de usucapión, por considerar que la omisión vulneró derechos de la menor involucrada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor es María de los Ángeles Rapuzzi, demandante en un proceso de usucapión respecto de un inmueble en Concordia. La parte demandada incluye a la menor C., quien vive en el inmueble y es nieta de la actora. La Cámara de Apelaciones ordenó la restitución del inmueble y dispuso intervención del Ministerio Público de la Defensa y del COPNAF para protección de los derechos de la menor. El Defensor General de la Provincia interpuso nulidad por no haberse garantizado la participación de la Defensa Pública y la protección de los intereses de la niña, argumentando que la falta de intervención previa vulneraba derechos constitucionales y convencionales, especialmente en lo referido al interés superior del niño. La Sala analizó que la participación de la menor no la convierte en parte en el proceso, pero que la omisión de intervenir debidamente en la instancia anterior vulneró derechos constitucionales y tratados internacionales, por lo que declaró la nulidad de todo lo actuado sin la intervención del Ministerio Público de la Defensa, remitiendo las actuaciones a la instancia de origen para que se garantice la protección de los derechos de la menor, y concluyó que la resolución de la Cámara debe ser confirmada en cuanto a la validez del trámite y la intervención del organismo protector.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: