SANCHEZ, MARIA ALEJANDRA C/ INSTITUTO OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción de amparo por mora interpuesta por la actora, al considerar que la misma fue presentada de manera prematura, antes de vencido el plazo legal para resolver el recurso de queja ante la autoridad administrativa.
- Quién demanda: Alejandra Beatriz Sánchez
¿A quién se demanda?
Estado de la Provincia de Entre Ríos (Superior Gobierno)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamaba que se dictara resolución de fondo en el expediente administrativo Nº 2723686, que involucra su petición de pase del Escalafón General al Escalafón Profesional en la Universidad Autónoma de Entre Ríos, por mora injustificada del Estado.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la acción de amparo, considerando que la actora interpuso la demanda antes de que venciera el plazo legal para resolver el recurso de queja (que vencía el 24/10/2023), por lo que la acción era inadmisible.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó los antecedentes administrativos, señalando que la actora inició el reclamo en fecha 15/11/2018 y, tras varias gestiones y recursos, interpuso un pronto despacho el 18/08/2023 y un recurso de queja el 28/09/2023. La ley 7060 establece que el recurso de queja debe resolverse en 15 días hábiles, por lo que vencía el 20/10/2023, y que la presentación de la acción de amparo antes de esa fecha constituye una actuación prematura. La jurisprudencia y el marco legal indican que el amparo por mora requiere previamente agotar el recurso de queja y esperar su vencimiento, lo que no ocurrió. Por ello, la demanda fue considerada inadmisible, y el recurso de apelación fue acogido.
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