OJEDA, LUCAS MATIAS S- ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO ABUSO SEXUAL ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO REITERADO S/ RECURSO DE CASACION
La Cámara de Casación de Paraná confirmó la condena de nueve años de prisión a Lucas Matías Ojeda por delitos de abuso sexual reiterado agravado y ultraajante. Rechazó los planteos defensivos sobre errores en las instrucciones y valoración probatoria, ratificando la decisión del jurado popular.
Actor: La Fiscalía y el Estado, en calidad de órgano acusador. Demandado: Lucas Matías Ojeda. Objeto: La condena por los delitos de abuso sexual reiterado con acceso carnal agravado y ultraajante, por lo cual se solicita la confirmación de la sentencia de 13 de marzo de 2024. Decisión: La Cámara de Casación rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensora oficial y confirmó la sentencia de primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia analizó exhaustivamente los agravios defensivos respecto a la valoración de la prueba y las instrucciones al jurado, concluyendo que no existían elementos para cuestionar la legalidad ni la racionalidad del veredicto del jurado popular. Se destacó que las instrucciones fueron claras y acordadas, que la valoración de la prueba fue suficiente para sostener la culpabilidad, y que no hubo arbitrariedad en la decisión del jurado. Se subrayó además que la valoración probatoria y las instrucciones no vulneraron derechos constitucionales ni legales, y que las disidencias alegadas no alcanzan a demostrar un apartamiento manifiesto de la prueba o un error de tipo procesal que justifique la casación.
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