ROBALLO, ROQUE MANUEL Y OTRA c/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara de Concepción del Uruguay confirmó la sentencia que rechazó la demanda de daños y perjuicios contra IOSPER, manteniendo la cuantificación del daño moral y la imposición de costas en el orden causado, fundamentando la decisión en la valoración de la prueba y la naturaleza del daño.
- Quién demanda: Roque Manuel Roballo y Siomara Mercedes Roballo (fallecida).
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios, daños morales y punitivos, por incumplimiento en la entrega de medicación y daños derivados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la apelación de Roque Roballo respecto a la falta de prueba de daño moral, mantuvo la suma de $140.000 por daño moral a favor de Siomara Roballo, rechazó el daño punitivo, y confirmó la imposición de costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia valoró la prueba pericial psicológica y testimonial, concluyendo que Roque Roballo no acreditó daño moral, y que la situación de ansiedad era circunstancial y reversible. En relación a Siomara, la suma de $140.000 fue considerada adecuada dada la gravedad de la situación de salud y la situación sanitaria del año 2020, considerando que la reparación no requiere exactitud matemática, sino una ponderación razonada. La existencia de incumplimiento por parte de IOSPER fue acreditada, pero no se evidenció conducta dolosa o grave que justifique daños punitivos. La apelación de los actores fue parcialmente rechazada en cuanto a costas, manteniendo la decisión del tribunal de primera instancia.
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