NUEVO BANCO DE ENTRE RIOS SA C/ BUTTAZZONI ROSA INES Y OTROS S/ ORDINARIO COBRO DE PESOS
La Cámara Segunda en lo Civil y Comercial de Paraná confirmó la sentencia que rechazó la demanda de cumplimiento de contrato contra el Banco, manteniendo la limitación de intereses y la valoración de la prueba videograbada, argumentando que la resolución fue fundada y ajustada a derecho.
Actor: Darío Matías Libralato Demandado: Nuevo Banco de Entre Ríos S.A. Objeto: Cobro de suma de dinero por cumplimiento de contrato, incluyendo capital, intereses y punitorios. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que admitió parcialmente la demanda y condenó al banco a pagar $301.154,40, limitando los intereses a dos veces y media la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, y rechazando los agravios del actor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala analizó los agravios del actor respecto a la fundamentación de la sentencia, la capitalización de intereses y el límite de intereses pactados. Concluyó que la sentencia fue dictada en forma escrita, en cumplimiento del artículo 8.1.1.1 del Reglamento de Gestión de la Prueba, y que la omisión de expresar en la parte resolutiva los fundamentos sobre anatocismo no violó el derecho de defensa. Además, la valoración de la prueba videograbada y la correcta interpretación de la prohibición de anatocismo, en virtud de la ley 25.065 y el artículo 770 del CCC, justifican la decisión. Finalmente, la limitación de intereses a dos veces y media la tasa activa del BNA, fue ajustada a la normativa del artículo 771 del CCC, y no fue arbitraria, por lo que el recurso fue rechazado.
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