SALOMON, GUSTAVO FABIAN C/ MARTINEZ FATIMA MARIA MAILLEN S/ DESALOJO
La Cámara Segunda de Paraná confirmó la decisión que desestimó el recurso de apelación contra la regulación de honorarios en un proceso de desalojo. El tribunal argumentó que no se aplican las disposiciones del art. 60 de la ley arancelaria, ya que solo se realizó la labor profesional en la primera etapa del juicio, y no en las etapas subsiguientes.
Actor: Los letrados de la parte actora Demandado: Fátima Martinez Mailen Objeto: Honorarios regulados en 05/08/2024 Decisión: Se desestimó el recurso de apelación contra la resolución del 5 de agosto de 2024, confirmando que los honorarios no resultan bajos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La parte actora apela los honorarios por considerarlos bajos, argumentando que la aplicación del art. 60 de la ley arancelaria no es adecuada en el proceso de desalojo, dado que no tiene etapas de prueba ni alegatos. La Sala recuerda que, conforme al art. 662 del CPCC, el proceso de desalojo se sustancia por el procedimiento del juicio ordinario, por lo que es aplicable la disposición arancelaria del art. 60 LC. En la etapa de demanda, se verificó actuación profesional por la rebeldía del demandado, pero no existió labor profesional en las etapas de prueba y alegatos, por lo que los honorarios no resultan bajos. Se cita jurisprudencia que sostiene que "en supuestos como el del autos se ha señalado que este estado de cosas no quebranta los fines esenciales ni el criterio de interpretación exigido por el art. 2", y que "cualquier órgano jurisdiccional también debe velar por los intereses en juego de los obligados al pago de los aranceles profesionales". El tribunal concluye que, teniendo en cuenta las disposiciones citadas, la labor efectivamente realizada por los letrados y el éxito obtenido en la etapa cumplida, los honorarios no resultan bajos. Por ello, se desestima el recurso de apelación y se confirma la resolución del 05/08/2024.
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