ARREDONDO, LEONOR C/BANCO GALICIA Y BUENOS AIRES SA S/SUMARISIMO
La Cámara de Entre Ríos revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al Banco Galicia a pagar a la actora $500.000 por daño punitivo y $10.860 por gastos judiciales, confirmando la responsabilidad del banco por la entrega irregular de chequera a persona no autorizada.
- Quién demanda: Leonor Arredondo (actora)
¿A quién se demanda?
Banco Galicia y Buenos Aires S.A. (demandado)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por daños materiales, daño moral, gastos judiciales y daño punitivo por la entrega irregular de chequera y responsabilidad en la frustración del cobro de cheques.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó al banco a pagar $500.000 por daño punitivo y $10.860 por gastos judiciales, además de confirmar la responsabilidad del banco por la entrega de chequera a persona no autorizada y daño moral.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que existió una relación de consumo entre la actora y el banco, aplicando la Ley N° 24.240 y la Ley de Defensa del Consumidor. Se verificó que el banco incumplió su deber de seguridad y custodia al entregar chequeras a persona no autorizada, lo que facilitó la emisión de cheques falsificados que dañaron patrimonial y moralmente a la actora. La prueba pericial caligráfica corroboró la falsificación de firmas y la entrega indebida. Se reconoció la responsabilidad objetiva del banco y se valoró adecuadamente el daño moral, actualizándose su monto, y el daño punitivo, considerando la gravedad del incumplimiento y su finalidad disuasoria. La conducta negligente del banco fue calificada como grave, justificando la sanción. Se rechazaron nulidades y argumentaciones del banco por insuficientes y carentes de prueba suficiente.
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