GONZALEZ RIVAROLA (2), MARÍA FLORENCIA C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Gualeguaychú revoca la sentencia de grado y rechaza la demanda por daños y perjuicios, confirmando la responsabilidad del conductor por negligencia en el cruce de la intersección y atribuyendo la culpa exclusiva a la parte actora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones de Gualeguaychú analizó el recurso presentado por la parte actora, Tania Melina González, y los recursos de los demandados, Alberto José Luis Van Den Dooren y la citada en garantía, "La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales". La sentencia de grado había dispuesto una responsabilidad compartida (65% demandado, 35% actora) y condenas económicas por daños y perjuicios. La Cámara concluyó que la responsabilidad del conductor demandado debe ser total, dado que la víctima transitaba con negligencia, violando la prioridad de paso y sin tener en cuenta las circunstancias del accidente. La pericia pericial demostró que el conductor circulaba a velocidad moderada (27 km/h), pero la víctima no respetó la prioridad de paso y no tomó las precauciones necesarias, en un escenario donde la visibilidad era buena y el lugar no presentaba obstáculos que justificaran la omisión de detenerse. La mayoría del tribunal consideró que la responsabilidad del actor fue exclusiva por su imprudencia al cruzar sin precaución, y que la valoración del daño y las indemnizaciones estaban correctamente fijadas. Los agravios sobre la cuantificación de las indemnizaciones, la responsabilidad y las causas del siniestro fueron desestimados. La sentencia fue confirmada en todos sus términos, imponiendo las costas a la parte actora.
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