C., A. G. C/ M. M. G. S/ ORDINARIO FILIACION E INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Paraná confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la filiación del demandado como padre de la menor y condenó al pago de indemnización por daño moral debido a la omisión de reconocimiento. La resolución fundamenta que la acción de filiación y la reparación del daño moral corresponden por la vulneración del derecho a la identidad y a la verdad biológica del menor.
¿Quién es el actor?
A.G.C. en representación de su hija menor S.G.C.
¿A quién se demanda?
M.M.G.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración judicial de filiación paterna, reconocimiento legal, modificación del apellido a "C.M." y indemnización por daño moral en $800.000.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia que acogió la acción de filiación y la demanda de indemnización, reconociendo la filiación extramatrimonial del demandado con la menor, ordenando su inscripción con el apellido "C.M.", y condenando al pago de $800.000 por daño moral, con intereses desde la notificación de la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca la importancia del derecho a la identidad, la naturaleza del reconocimiento filial, la evidencia de reconocimiento expresa del demandado, y la protección del interés superior del niño, considerando además que la conducta omisiva del demandado vulnera derechos constitucionales y convencionales, justificando la reparación del daño moral. Se fundamenta en la normativa del CCCN, los tratados internacionales de derechos humanos y la jurisprudencia mayoritaria que priorizan el interés superior del niño y el derecho a la verdad biológica. Se admite además el daño moral presunto por la lesión en la identidad y la afectividad del menor, estableciendo además la modificación del apellido y la participación del niño en la decisión.
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