JOZAMI, DANIEL JUAN CONSTANCIO C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó a IOSPER otorgar la cobertura de la cirugía de queratoplastia lamelar endotelial en ojo izquierdo al afiliado, debido a su necesidad médica y fundamentada en dictámenes profesionales y forenses.
- Quién demanda: Daniel Juan Constancio Jozami, afiliado a IOSPER
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura total de la cirugía de queratoplastia lamelar endotelial en ojo izquierdo
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de amparo ordenando a IOSPER brindar la cobertura, y se rechazó el recurso de apelación de la obra social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia consideró que la prescripción médica por parte de profesionales especializados en oftalmología y los informes del Departamento Médico Forense acreditaron la necesidad de la intervención. La negativa de IOSPER fue considerada arbitraria, caprichosa y violatoria del derecho a la salud, en violación del plexo normativo y constitucional. La derivación propuesta por la obra social no fue considerada suficiente para justificar el rechazo, especialmente dado el carácter urgente y la evidencia médica que respalda la cirugía. La jurisprudencia citada respalda la protección del derecho a la salud en casos de urgencia y necesidad comprobada. La decisión se fundamenta en la protección constitucional y convencional del derecho a la salud, la idoneidad de la vía del amparo, y la insuficiencia de los argumentos de IOSPER.
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