PEREZ, MYRIAM CRISTINA C/LIDERAR COMPAÑIA GENERAL DE SEGUROS SA S/EJECUCION DE HONORARIOS
La Cámara Segunda de Paraná rechazó el recurso de apelación contra la regulación de honorarios en una ejecución, considerando que la retribución no resultaba irrazonable pese a estar por debajo del mínimo legal, en atención a la proporcionalidad y la labor efectuada.
- Quien demanda (Actor): Miroslav Cristina Pérez
Demandado: Liderar Compañía General de Seguros S.A.
Objeto: Honorarios profesionales regulados en una ejecución de honorarios, cuestionando su monto por considerarlos bajos y no alcanzando el mínimo previsto por la ley 7046.
Decisión: La Cámara Segunda de Paraná rechazó el recurso de apelación y confirmó los honorarios regulados en 276.233,10 pesos, argumentando que los mismos no resultaban irrazonables y que la regulación se fundamentó en la proporcionalidad y el principio de razonabilidad, en línea con los artículos 58 de la ley 7046 y las normas constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El principio de proporcionalidad impone a los jueces que, en oportunidad de estimar la retribución de cualquiera de los profesionales por su actuación en el proceso, deban apartarse de los montos o porcentuales mínimos cuando la naturaleza, alcance, tiempo, calidad o resultado de la tarea realizada o el valor de los bienes que se considerasen, indiquen razonablemente que la aplicación estricta, lisa y llana de los mismos, ocasionará una evidente e injustificada desproporción entre la importancia del trabajo efectivamente cumplido y la retribución." "En el presente, en el grado se ha fundado correctamente los motivos para apartarse de la regla arancelaria del art.58 LA." "El principio de razonabilidad de base legal (art.3 CCCN) y constitucional impregna todo el ordenamiento jurídico." "Por ello, considerando lo precedentemente expuesto, teniendo en cuenta la labor profesional, el éxito obtenido y la real o probable dedicación temporal, debe rechazarse el recurso de apelación interpuesto." "No hacer lugar al recurso de apelación interpuesto contra los honorarios regulados en 02/11/2024."
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