A., C. A. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS Y OTRO S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Gualeguaychú rechazó la acción de amparo promovida por un afiliado de IOSPER para obtener cobertura total del medicamento BREZTRI AEROSPHERE. La resolución afirmó que la conducta de la obra social no fue arbitraria ni ilegal, y que la cobertura del 25% no viola derechos constitucionales.
¿Quién es el actor?
C. A. A.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER)
- Objeto de la demanda: Cobertura total (100%) del medicamento BREZTRI AEROSPHERE para tratamiento de EPOC
- Decisión del tribunal: Se rechaza la acción de amparo, confirmando que la conducta de IOSPER no resulta manifiestamente arbitraria, irracional ni ilegal.
- Fundamentales principales:
"La acción de amparo resulta improcedente por no cumplirse los requisitos de la Ley 8369, y la conducta de IOSPER no es manifiestamente arbitraria, pues ofrece una cobertura del 25% y la opción del plan crónico, conforme a la normativa vigente y resolución 310/2004 de la SSN."
"El amparista no acreditó impedimento alguno para acceder a las medicaciones alternativas ofrecidas por la obra social, y la respuesta de IOSPER se ajusta a las normativas aplicables en materia de cobertura de patologías crónicas."
"La jurisprudencia sostiene que la acción de amparo solo procede en casos de arbitrariedad manifiesta, lo cual en este caso no se verifica."
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