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GODOY, ROSANA MARISA Y MORALES, ENRIQUE RUBÉN S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La Cámara de Gualeguaychú redujo los honorarios de los abogados en un expediente de homologación de convenio, considerando que los honorarios regulados por el juez eran excesivos y desproporcionados respecto de la cuantía y la labor realizada. La modificación ajusta los honorarios a 4 juristas para cada letrado.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Homologacion de convenio Reduccion honorarios Jurisdiccion laboral Principios de razonabilidad Justicia laboral Principios de proporcionalidad Ley 7046 Art. 90 Desproporcion honorarios

Quién demanda: Rubén Enrique Morales, en el proceso de homologación de convenio.

¿A quién se demanda?

La sentencia homologatoria del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo Nº 2 de Gualeguaychú.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestiona la excesiva regulación de honorarios profesionales dispuesta en la sentencia homologatoria, solicitando su reducción.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso, dejando sin efecto los honorarios regulados y estableciendo una nueva regulación en la cantidad de 4 juristas para cada abogado, por considerar que los honorarios originales resultaban excesivos y desproporcionados. Fundamentos principales de la decisión: “El proceso fue iniciado por las partes en forma conjunta y como gestión independiente de otro juicio. De ello se sigue que la situación se subsume en las previsiones del art. 90 de la Ley 7046, que contempla las reglas a aplicar cuando la homologación de convenios o acuerdos ‘fuere gestión independiente de otro proceso, juicio o actuación judicial’. Conforme el primer párrafo del citado precepto, [...] en ningún caso la regulación será inferior a 20 juristas”, pero en este caso, el valor del acuerdo de $500,000, el valor del jurista $51.823,67 y la base económica del pleito equivalen a 9,64 juristas, por lo que la regulación en el mínimo legal resulta excesiva en relación a la labor y la trascendencia económica del asunto. La sentencia homologatoria reguló honorarios por $1.036.473,40 a cada letrado, equivalente a un 400% del monto del acuerdo, lo cual se considera desproporcionado y contrario a los principios de razonabilidad y proporcionalidad. La sala concluyó que la aplicación estricta del mínimo legal conduce a una injustificada desproporción, por lo que decidió reducir los honorarios a 4 juristas para cada uno, ajustándose a los principios de equidad y principios constitucionales.

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