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RUIZ, JUAN CARLOS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL RUIZ, JUAN CARLOS s/ PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO CALIFICADA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe anuló una sentencia que absolvió a un imputado en un procedimiento abreviado, por considerar que el control jurisdiccional realizado fue arbitrario y no se ajustó a la normativa vigente. La revisión evidenció errores en la valoración de la evidencia y en la actuación del tribunal de grado.

Arbitrariedad Valoracion de la prueba Nulidad Inconstitucionalidad Acuerdo de partes Legalidad Control jurisdiccional Evidencia Procedimiento abreviado Inmediatez.


- Quién demanda: Fiscal Sergio Enrique Alvira

¿A quién se demanda?

Tribunal pluripersonal del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de la primera Circunscripción

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La nulidad de la sentencia absolutoria y la devolución de la causa para nuevo juzgamiento, por considerar que el tribunal de grado realizó un control de legalidad y valoración de la evidencia de forma arbitraria y sin cumplir con los requisitos del procedimiento abreviado.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia impugnada y ordenó la remisión de los autos para que un tribunal juzgue nuevamente la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó que la sentencia de la Cámara desestimó agravios respecto a la valoración de la evidencia y el control del acuerdo en audiencia, sosteniendo que dichos controles deben realizarse en la audiencia misma y no posteriormente mediante análisis de copias del legajo fiscal. Se argumentó que la jueza de grado incurrió en arbitrariedad al solicitar y valorar evidencias en fotocopias simples del legajo fiscal, en violación del sistema adversarial y acusatorio, que requiere que el control se realice en la audiencia con la presencia de las partes y con base en las constancias orales y evidencias explícitas. La Corte también criticó que la sentencia de primera instancia concluyó que, ante la falta de acreditación de ciertos elementos del tipo, debía absolverse al imputado, interpretando erróneamente que el control de legalidad implica una valoración de la evidencia que no corresponde en el procedimiento abreviado. Se destacó que la valoración debe centrarse en la conformidad del acuerdo, la libre voluntad del imputado, la suficiencia del contenido del acuerdo y la legalidad del proceso, no en la revisión exhaustiva de las evidencias como en un juicio oral. La revisión de la sentencia en la instancia superior reveló que las decisiones del tribunal de grado no estaban fundamentadas en un análisis razonado y conforme a la normativa vigente, por lo que la Corte consideró que la sentencia de grado fue arbitraria.

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