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GORDO, JOSE LUIS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL AYMO, J. R.; KURTZEMANN, L. M.; GONZALEZ DE GAETANO, M. R. F.; PEREZ, L. D.; ALIAU, J. B.; GONZALEZ DE GAETANO, M. S. M.; GONZALEZ DE GAETANO, J. DE LA CRUZ; MORESCO, S. F.; GORDO, J. L. s/ ASOCIACION ILICITA Y OTROS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CAMARA)

El Tribunal Superior de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la decisión de la Justicia de Rosario en el expediente Gordó, José Luis. La Corte consideró que los agravios no involucraron vulneraciones constitucionales ni afectaron garantías fundamentales, confirmando la competencia provincial para investigar delitos de lavado de activos.

Arbitrariedad Competencia Garantias constitucionales Precedentes Lavado de activos Justicia provincial Recurso de inconstitucionalidad Sistema federal Autonomia provincial Control constitucional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Quién demanda (Actor): La defensa de José Luis Gordó A quién se demanda (Demandado): La decisión del Juez Acosta y la Justicia de Rosario Qué se reclama (Objeto de la demanda): La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que rechazó la declinatoria de competencia federal en la causa por lavado de activos Qué se resolvió (Decisión del tribunal): La Corte declaró inadmisible el recurso, por entender que los argumentos sobre afectación a garantías constitucionales y competencia federal no estaban suficientemente acreditados ni justificaban la vía extraordinaria. Fundamentos principales de la decisión: "Las razones alegadas por la recurrente no evidencian la existencia de una afectación a garantías constitucionales ni arbitrariedad en el fallo recurrido, pues la decisión de la Cámara fue fundada en la interpretación del ordenamiento jurídico y la valoración de las constancias. La confrontación de agravios revela sólo disenso con el criterio adoptado, sin que ello constituya una vulneración constitucional que habilite la vía del recurso de inconstitucionalidad." "El precedente 'Olivetto' no resulta de aplicación obligatoria en el presente caso, pues las circunstancias fácticas son distintas y no se evidencia una afectación a intereses federales o de orden nacional. La competencia provincial para investigar delitos de competencia local se mantiene vigente sin vulnerar el sistema federal." "El recurso no cumple con los requisitos de gravedad institucional ni con la entidad constitucional suficiente para justificar su admisibilidad, dado que las cuestiones planteadas constituyen disensos interpretativos que no afectan garantías constitucionales ni la autonomía provincial." Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia relevantes.

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