GAZIANO, ALEJANDRO CLAUDIO Y OTROS c/ MALDONADO, JORGE FEDERICO -EJECUCION HIPOTECARIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, confirmando la validez del rechazo del recurso por considerar que no se acreditó la vulneración del debido proceso. El tribunal destacó que los agravios del recurrente eran una mera disconformidad con la decisión y no cumplían los requisitos para la vía excepcional. La disidencia del ministro Falistocco propuso admitir la queja, considerando que los planteos tenían suficiente sustento para abrir esa instancia.
¿Quién es el actor?
Alejandro Claudio Gaziano y otros
¿A quién se demanda?
Jorge Federico Maldonado
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que rechazó una nulidad y declaró desierto el recurso de apelación, por considerar que vulneró el derecho al debido proceso.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja y confirmó la decisión del tribunal de alzada, sosteniendo que los agravios no cumplían con los requisitos legales para la admisión del recurso de inconstitucionalidad. La mayoría argumentó que la presentación del recurrente no cumplió con el artículo 8 de la Ley 7055, ya que no demostró la existencia de un perjuicio irreparable ni una sentencia definitiva. La disidencia consideró que los planteos tenían suficiente sustento para admitir la queja y abrir la instancia de excepción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El escrito de queja el impugnante alude a que el auto denegatorio contiene 'conceptos de abstracción y generalidad tal que aparece como una respuesta de formulario', pero no logra refutar los motivos del rechazo, que se basaron en que la resolución impugnada no era definitiva ni equiparable a tal en los términos del artículo 1 de la Ley 7055. La jurisprudencia señala que las sentencias en juicios ejecutivos, en principio, no reúnen aquella calidad, y en este caso, no se acreditó que la resolución cuestionada fuera definitiva o que existiera un perjuicio irreparable. La mera disconformidad con la valoración del tribunal no habilita la vía de excepción. La falta de demostración de un perjuicio de imposible o tardía reparación, sumada a la ausencia de una sentencia definitiva, justifica el rechazo de la queja."
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