INCIDENTE DE REVISION (PROMOVIDO POR AFIP - DGI) EN AUTOS CARATULADOS NEXO EMPRENDIMIENTOS S.A. s/ CONCURSO PREVENTIVO s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja por inconstitucionalidad contra la resolución de la Cámara de Rafaela en el incidente de revisión de AFIP. La resolución cuestionada confirmó la constitucionalidad de la ley del impuesto a la ganancia mínima presunta y rechazó la crédito insinuado, considerando que los argumentos de la AFIP presentaron suficiente fundamentación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La AFIP interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la resolución 132/2018 de la Cámara de Rafaela, que confirmó parcialmente la apelación de la Fisco y elevó el tope a los intereses verificados, rechazando la revisión del crédito por impuesto a la ganancia mínima presunta.
- La recurrente argumenta que la sentencia confirmada fue arbitraria y lesiva de sus derechos fundamentales, pues aplicó mecánicamente la doctrina del precedente "Hermitage" sin analizar las pruebas aportadas, como los estados contables y declaraciones juradas, que demostrarían que la sociedad no habría tenido ganancias presuntas en el período.
- Además, sostiene que la imposición de costas fue incorrecta, pues se apartó de la regla del vencimiento recíproco y no ponderó adecuadamente los agravios relativos al tope a intereses, que fueron favorablemente receptados en segunda instancia.
- La Corte, tras analizar las circunstancias, considera que las postulaciones de arbitrariedad y violación de derechos constitucionales cuentan con suficiente sustento para abrir la instancia extraordinaria y decidir sobre la inconstitucionalidad. La resolución del tribunal de origen denegó el remedio sin analizar en profundidad las pruebas y fundamentos, lo cual afecta derechos constitucionales de defensa y propiedad.
- En virtud de ello, la Corte admite la queja y concede el recurso de inconstitucionalidad, requiriendo la elevación de los autos principales para continuar con el trámite correspondiente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: